REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO
CLUB TENIS MIERES

En vigor, 1 de enero de 2022

CAPÍTULO I

PRELIMINARES

1.- INSTALACIONES:

El Club de Tenis Mieres del Camín cuenta en la actualidad con las siguientes instalaciones:

  • Una pista de tenis descubierta.
  • Dos pistas de tenis cubiertas.
  • Un Gimnasio.
  • Salón Social.

2.- ÁMBITO TERRITORIAL:

  • El Club de Tenis Mieres del Camín, en función de sus fines y de la ubicación de su domicilio social, ejercerá fundamentalmente sus actividades en el ámbito territorial del Ayuntamiento de Mieres y en un contrato de colaboración mutuo y siendo el gestor de las instalaciones del Ayuntamiento en La Riquela.

DE LOS SOCIOS

1.- REQUISITOS DE ADMISIÓN.-

1.1.- La solicitud para acceder a la condición de socio del CLUB DE TENIS MIERES DEL CAMÍN, deberá formalizarse por escrito, dirigido a la Presidencia, en la que deberán figurar, además de los datos personales de los solicitantes, los de sus familiares beneficiarios que reglamentariamente le corresponda, según su condición, y todas aquellas referencias que la Junta Directiva considere oportunas. Irá acompañada de una fotocopia del D.N.I.

2.- NORMAS ADMINISTRATIVAS.-

2.1 Los socios deberán figurar en el registro correspondiente y debidamente clasificados según su clase. En este registro deberán constar todos los datos necesarios para su identificación y control administrativo.

2.2 A cada socio, así como a sus familiares beneficiarios, le serán expedidos los correspondientes documentos de identificación necesarios para acceder a todos los locales, dependencias y servicios del club. Además se le asignará una clave de acceso a la instalaciones que será única e intransferible no pudiendo dársela a otra persona.

3.- NORMAS GENERALES.-

1.-  Uno puede ser socio inscribiéndose en el Club, abonando una cuota, a efectos de inscripción, establecida de la siguiente forma:

  • Si tuvo vinculación con el Club (antiguo socio): 75€.
  • Si es la 1ª vez que accede a la condición de socio: 100€.
  • Si es familiar de un socio en 1er grado: 30€.

Se abonará una cuota de 7€/mes. Si hubiera más de un socio en la unidad familiar, el primero abonaría 7€/mes, el segundo miembro 5€/mes y 3€/mes el tercer miembro y siguientes.

1,2.- Estos ingresos formarán parte de la Cuota ordinaria de ingresos que establecen los Estatutos del Club y además cada socio tendrá una Cuota Extraordinaria en función de las horas de pista que reserve y se actualizará según adquiera los bonos. Los No Socios también contribuirán con una Cuota Extraordinaria con la adquisición de los bonos de juego. Todos los ingresos que se recauden con las diferentes cuotas se invertirán en el propio Club como recogen los Estatutos del Club con conformidad del Capitulo V DEL RÉGIMEN ECONÓMICO en su art 42.

1,3.- La Cuota Ordinaria se pasará por el banco que el socio facilitó en la primera quincena del mes de enero en curso. Cualquier gasto que origine el Socio por no tener actualizada la cuenta será a cargo del Socio.

2.- Para acceder a las fiestas u otras actividades que revistan un carácter extraordinario, será preciso que los socios, que deseen acompañarse de invitados, soliciten para éstos la correspondiente invitación.

3.-     Los descendientes y familiares directos de socios pueden acompañar a éstos en las pistas un máximo de tres veces al mes. 

4.- A petición de cualquier socio familiar, acreditada su separación judicial o divorcio, pasarán ambos a tener la consideración de socios de número individuales con los efectos previstos en los Estatutos, pagando la cuota de forma independiente.

5.- Los socios de número tendrán derecho a solicitar baja temporal en las condiciones que determine la Junta Directiva.

6.-  Excepcionalmente, podrán solicitar la baja temporal por un periodo inferior al señalado, estudiantes y trabajadores que desarrollen su actividad fuera del ámbito territorial del club y cuyo contrato de trabajo o curso académico tenga una duración menor de un año.

CAPÍTULO II

TIPIFICACIÓN DE FALTAS

FALTAS LEVES

1.- Descuidos que afectan a la conservación o limpieza del material o las instalaciones.

2.- Usar o destinar inadecuadamente el material, mobiliario o las instalaciones sociales y/o deportivas.

3.- Los actos atentatorios contra la conservación de locales, instalaciones o servicios del club (lanzar pelotas o raquetas a la cristalera, focos, etc.).

4.- Comportamiento incorrecto por actos y acciones cometidas en el seno del club o sus instalaciones.

5.- La falta de deferencia hacia los demás socios, directivos o empleados del Club.

6.- Negarse a la identificación, cuando sea requerido para ello, por algún empleado del club, en el ejercicio de sus funciones, así como por los miembros de la Junta Directiva.

7.-    Las críticas o comentarios despectivos en redes sociales y demás medios que atenten contra el Club, directivos o socios.

8.- La enumeración de esas FALTAS tiene carácter enunciativo y no limitativo, por lo que podrán considerarse FALTAS LEVES cualesquiera otras conductas análogas o similares a las señaladas, afectando al propio infractor así como a las personas invitadas que lo acompañen.

9.- Facilitar la clave de acceso a otro socio.

10.- El incumplir las normas de utilización del Gimnasio. (Tiene su norma especifica)

FALTAS GRAVES

1.-  Las ofensas de palabra o de obra y falta de respeto a los socios, directivos o empleados del Club.

2.- Los actos cometidos dentro de los locales y dependencias del club, que supongan escándalo o violencia de cualquier orden.

3.- Los actos imprudentes o temerarios que impliquen riesgo para el actor y/o terceras personas y puedan producir o produzcan daños o averías en bienes o instalaciones.

4.- Facilitar la entrada, con ocultación, en las instalaciones y dependencias del club a personas ajenas al mismo sin estar autorizado para ello.

5.-  La comisión de DOS faltas leves durante un periodo de tres meses.

6.-    Sabotear o actuar de mala fe en contra de los intereses del Club y sus instalaciones.

7.- La mera enunciación de estas faltas no tiene carácter limitativo, por lo cual podrán considerarse como faltas GRAVES cualesquiera otras conductas análogas o similares a las reseñadas, afectando al propio infractor así como a las personas invitadas que lo acompañen.

8.-    Engañar a la hora de reservar las pistas on-line no declarando la entrada correcta de todos los jugadores.

9.- Facilitar la clave de acceso a un NO SOCIO.

FALTAS MUY GRAVES

1.-    Los robos, hurtos y actos de apropiación indebida sobre los bienes del Club, de los socios o terceros.

2.- Las amenazas u ofensa públicas y manifiestas contra socios, empleados, miembros de la Junta Directiva o terceras personas, emitidas de forma pública y notoria.

3.- La reiterada desobediencia hacia las indicaciones de los miembros de la Junta Directiva, de los empleados del Club, sobre las normas de conducta y comportamiento dentro de las instalaciones, dependencias o servicios del Club.

4.-    El causar daño de forma voluntaria, en los bienes muebles o inmuebles propiedad del Club, de los socios o terceras personas.

5.-  La negativa del cumplimiento de las sanciones impuestas.

6.- La reincidencia en la comisión de dos o más faltas GRAVES, aunque sean de distinta índole en el periodo de un año.

7.- Todas estas normas tienen carácter enunciativo y no limitativo, por lo que podrán considerarse como faltas MUY GRAVES cualesquiera otras conductas análogas o similares a las aquí reseñadas, afectando al propio infractor así como a las personas invitadas que lo acompañen.

CAPÍTULO III

CLASES DE SANCIONES

Las faltas de conducta, disciplina, infracciones de los Estatutos, Reglamento y demás normas de obligado cumplimento, se clasifican como: LEVES,  GRAVES y MUY GRAVES. Serán sancionadas por la Junta Directiva de acuerdo con las siguientes consideraciones:

FALTAS LEVES.- Sancionadas, según su importancia, con:

  • Apercibimiento.
  • Amonestación escrita.
  • Suspensión de los derechos de socio durante un periodo máximo de 30 días naturales.

FALTAS GRAVES.-

  • Se sancionarán con la retirada del carnet de socio por un periodo de UN MES a SEIS MESES las faltas de los puntos 1 a 7.
  • Respecto al punto 8, se establecen dos tipos de sanciones: para el SOCIO la sanción será de 50€; para el NO SOCIO, se le prohibirá la entrada a las instalaciones durante un año.

FALTAS MUY GRAVES.- Podrán sancionarse con los siguientes correctivos:

  • Retirada del carnet, con la consiguiente pérdida de sus derechos como socio, por un periodo de SEIS MESES a un AÑO.
  • Privación del derecho a ser elegible para cargos Directivos por un periodo no superior a CINCO AÑOS.
  • Expulsión del Club.
  • El Club puede nombrar a una persona “non grata”, afectando a las personas que jueguen en sus instalaciones (socios y no socios). Esas personas no podrán utilizar las instalaciones propias del Club ni participar en los campeonatos organizados por el Club.

CAPÍTULO IV

UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES Y SERVICIOS

1.- Todos los Socios tienen los mismos derechos para utilizar las pistas de tenis, gimnasio y salón social siendo estos dos últimas estancias de uso exclusivo para los SOCIOS de disfrutar las instalaciones y servicios del Club con las limitaciones establecidas en los Estatutos, el presente Reglamento y de las normas que se establezcan aparte para futuras ampliaciones de las instalaciones , para un mejor desarrollo de las correspondientes actividades, dicte la Junta Directiva.

2.- Para el acceso a las instalaciones del Club, es necesaria la identificación mediante el correspondiente documento acreditativo.

3.- Cuando tengan lugar actos o actividades deportivas, culturales o lúdicas en cualquiera de las dependencias del club, la Junta Directiva podrá autorizar la entrada, en las citadas dependencias, a personas que no tengan la condición de socio.

4.- Será obligatorio cumplir todas las normas establecidas para uso y disfrute de las diversas instalaciones y servicios y acatar las recomendaciones y requerimientos del personal del Club o de los miembros de la Junta Directiva.

5.- Todo socio tiene la obligación de velar por el buen estado de uso y conservación de todos los bienes que forman la base patrimonial del Club.

6.- Queda prohibida la entrada de animales, circulación de bicicletas, monopatines, etc. en las instalaciones del Club. De la misma forma, no se permite ir descalzo o en traje de baño en las instalaciones o local social del Club.

7.- El Club no se responsabiliza de la falta o sustracciones de cualquier clase de bienes o pertenencias que se produzcan en sus dependencias.

8.- El tenis se practicará en su lugar específico y con la indumentaria adecuada; queda terminantemente prohibido ir sin camiseta por cualquier parte del recinto, a excepción del vestuario.

9.- No está permitido utilizar objetos de cristal, loza o similares fuera del edificio social.

CAPÍTULO V

PISTAS DE TENIS

1.- Para usar estas instalaciones será obligatorio el uso de ropa y calzado adecuado. No está permitido jugar sin camiseta o en bañador.

2.- Se podrá hacer uso individual de las pistas. Las invitaciones que entrega el Club, estarán limitadas a un máximo de cuatro personas.

2,1.- El Club otorgará dos invitaciones para la pista interior y una para la pista exterior se utilizarán. Dicha invitación será de dos horas seguidas y al menos uno de los jugadores tendrá que ser un NO SOCIO y siempre debe estar el titular de la invitación en la pista.

3.- La reserva de pistas se realizará exclusivamente ON-LINE en la web del Club; podrá efectuarse con 48 horas de anticipación, pudiendo cancelar la reserva con 24 horas de antelación. Cuando se cancela la reserva de una pista no podrá volver a reservase hasta transcurridas tres horas.

4.- Al hacer la reserva de pistas, deberá confirmarse si se juega con socios o no socios, especificando el número de no socios en pista.

5.- Cuando se celebren competiciones y campeonatos, tanto sociales como oficiales, las reservas quedarán supeditadas al desarrollo de los partidos de dichas competiciones.

6.- Transcurridos 15 minutos de la hora prevista en la reserva de la pista, si ésta no ha sido ocupada, se entenderá que renuncian a ella, pudiendo adjudicarse a un nuevo solicitante.

7.- Los NO SOCIOS están sujetos a las mismas condiciones que los socios en cuanto al Reglamento Interno y uso de las pistas, salvo las condiciones particulares expresas para ellos. Podrán reservar las pistas con 24 horas de antelación. No podrán cancelar la reserva. Para acceder a las instalaciones interiores y a la pista exterior, deben abonar la cantidad de 3€ por persona, no teniendo, en cualquier caso, ninguna vinculación con el club, salvo la mera utilización de nuestras instalaciones.

8.-    El horario de utilización de las pistas es de 9h. a 22h. Este horario figurará en la página web del Club.

DISPOSICIONES ADICIONALES

1.- EL CLUB DE TENIS MIERES DEL CAMÍN se regirá en todo momento por los Estatutos Sociales y por el presente Reglamento de Régimen Interior, debiendo ambos ser observados y cumplidos por todos y cada uno de sus socios.

2.- Todas las cuestiones, que puedan suscitarse en la aplicación de este Reglamento serán resueltas por la Junta Directiva.

3.- La Junta Directiva está capacitada para llevar a cabo las modificaciones que considere oportunas, en este Reglamento, para la mejor gestión y administración de las actividades del club, con la obligación de dar cuenta de las mismas en la primera Asamblea que se celebre.

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